Santo Domingo, RD.- El Colegio Dominicano de Notarios denunciĆ³ que, suplantando al Poder Legislativo, la Suprema Corte de Justicia ha creado mediante una resoluciĆ³n una tasa impositiva de 550 pesos en perjuicio de la ciudadanĆa y que, a la vez, reduce la potestad del notario y viola la propiedad intelectual de sus actos.
El doctor Pedro RodrĆguez Montero, presidente del Colegio de Notarios, dijo que esa entidad ha decidido interponer ante el Tribunal Constitucional una acciĆ³n directa de inconstitucionalidad contra la referida ResoluciĆ³n 21-2018, emitida el 6 de junio de 2018, por el Consejo del Poder Judicial y su presidente, Mariano GermĆ”n MejĆa.
Durante una concentraciĆ³n-rueda de prensa en la sede del gremio profesional, con la asistencia de decenas de colegiados, que estaban vestidos con camisa blanca y corbata negra, exhortĆ³ a GermĆ”n MejĆa a suspender la ejecuciĆ³n de esta resoluciĆ³n hasta tanto se pronuncien los jueces del Tribunal Constitucional, Ć³rgano supremo de interpretaciĆ³n de la carta sustantiva de la NaciĆ³n.
En la actividad, los notarios pusieron a disposiciĆ³n del presidente de la Suprema Corte de Justicia sellos y libros de protocolo, en seƱal de que de continuar su embestida contra ellos abandonarĆ”n la funciĆ³n que el Estado ha puesto en sus manos.
Dijo que permanentemente la Suprema Corte ha estado estableciendo tasas y aumentado los servicios a los ciudadanos por la expediciĆ³n de copias de sentencias, certificaciones, registro civil, conservadurĆa de hipotecas y otros, para obtener recursos financieros que no se le proporciona en el presupuesto nacional.
RodrĆguez Montero deplorĆ³ la ResoluciĆ³n nĆŗmero 21-2018, dictada por el Consejo del Poder Judicial y su presidente GermĆ”n MejĆa, mediante la cual se pretende aprobar un Reglamento sobre el Registro de los Actos Notariales y sus equivalentes.
“Calificamos esta decisiĆ³n como irreflexiva, desafortunada e inconstitucional, toda vez que la misma desborda el Ć”mbito de competencia de ese organismo y suplanta al Congreso Nacional al establecer un impuesto que por su naturaleza estĆ” comprendido en el artĆculo 91, numeral 1, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica”, expresĆ³.
El presidente del Colegio de Notarios indicĆ³ que se pretende disfrazar, mediante el mecanismo de tasa por servicio, un tributo que sĆ³lo puede ser establecido por ley en las cĆ”maras legislativas y promulgadas por el Poder Ejecutivo.
ExplicĆ³ que la referida ResoluciĆ³n nĆŗmero 21-2018 contraviene los tĆ©rminos de la Ley 140-15, que prevĆ© el plazo de cinco dĆas para que el notario registre los actos que la propia ley notarial precisa.
ManifestĆ³ que dicha resoluciĆ³n tambiĆ©n contraviene los tĆ©rminos de la sanciĆ³n prevista con motivo del incumplimiento por parte de los notarios.
“La ResoluciĆ³n nĆŗmero 21-2018 constituye un desatino que choca con el orden institucional, porque el Poder Judicial invade un campo reservado constitucionalmente a otro de los poderes pĆŗblicos, al tiempo que vulnera una disposiciĆ³n legal que como la Ley nĆŗm. 140-15, que es un texto firme con la fuerza propia de un acto emanada de la acciĆ³n legislativa de los congresistas y de la promulgaciĆ³n del Presidente de la RepĆŗblica.
El presidente del Colegio de Notarios dijo que en el caso, el Consejo del Poder Judicial y su presidente GermĆ”n MejĆa tambiĆ©n se abalanzan contra la ResoluciĆ³n nĆŗmero 23-2017, dictada por ellos mismos, en octubre del 2017, que instituĆa el Reglamento para Registro de Testamentos y Poderes, el cual si se limitaba a estas actuaciones, no a todos “los actos notariales y a sus equivalentes”.
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