SANTO DOMINGO.- La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo rechazó un recurso contencioso administrativo interpuesto por dos abogados y una fundación contra el reglamento del papel de seguridad notarial, porque “no lograron establecer las alegadas violaciones a las normas constitucionales que se le atribuye a la parte recurrida”.
La decisión fue tomada por Vanessa Acosta Peralta, jueza presidente en funciones del citado tribunal; Mery Laine Collado Tactuk y Ursula J. Carrasco Marquez, juezas, y comunicada oficialmente al presidente del Colegio Dominicano de Notarios, Pedro Rodríguez Montero.
El recurso rechazado fue elevado por Manuel Emilio Méndez Batista, Ariosto Alexis Arias Arias y la Fundación Primero Justicia, con la pretensión de que fuera declarado nulo e inconstitucional, bajo el alegado de que rebasaba su propia competencia y contravenía tanto su propia Ley 301 sobre actos notariales como la Constitución de la República.
El Colegio de Notarios explicó en justificación del citado reglamento del papel de seguridad notarial que la mayoría de las irregularidades se cometen con la legalización de firmas de notarios que no ven a las partes firmando dichos actos.
El presidente del gremio profesional indicó que estas irregularidades han resultado en una práctica nefasta, “que si bien parece no haber afectado a la accionante, sí ha perjudicado significamente a muchos propietarios de inmuebles y herederos que han sufrido el despojo de sus derechos y propiedades”.
Rodríguez Montero también especificó que los fraudes son llevados a cabo “debido a los actos bajo firma privada cuyas firmas contaron con la intervención de un notario que legalizó las firmas, sin presenciar su colocación voluntaria ni tomar la declaración jurada de las partes”.
En su exposición ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el Colegio de Notarios argumentó que aprobó el reglamento para el uso del papel especial notarial de seguridad con el objetivo de evitar falsificaciones, alteraciones, suplantaciones, fraudes y usurpaciones de la función notarial.
Enfatizó que como corporación de derecho público busca así la regulación y fiscalización del correcto ejercicio profesional de sus miembros, a fin de promover el adecuado cumplimiento de la Ley del Notariado y fortalecer la seguridad jurídica.
Según el reglamento del Colegio de Notarios, la hoja notarial especial deberá tener un tamaño de 30 centímetros de largo por veinte centímetros de ancho, un margen blanco de 4 centímetros en los extremos superior e inferior, y llevar en la parte superior centrada el Escudo Nacional en la versión oficial.
Además, tendrá una numeración secuencial en la esquina superior derecha precedida por dos letras correspondientes a las iniciales de cada filial, llevar impreso en tinta invisible el escudo del gremio, en tamaño pequeño, en cinco partes diferentes del papel, visible solamente con la luz ultravioleta.
Establece, igualmente, lo relacionado con la calidad del papel, su administración, distribución y uso, limitándolo exclusivamente a la función notarial.
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