Exigen Tribunal Constitucional dicte fallo de insconstitucionalidad contra comisión notables de Punta Catalina

SANTO DOMINGO.-Al punto de cumplirse un año y medio de haberse celebrado la audiencia pública que conoció la acción de inconstitucionalidad de extrema urgencia contra el decreto número 6-17 que constituyó la comisión de notables sobre Punta Catalina, el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático, CNLCC, exigió del Tribunal Constitucional que dicte el fallo que desde entonces está pendiente.

El colectivo recordó que la audiencia pública en la que conoció el Tribunal Constitucional el recurso de inconstitucionalidad, se celebró el 24 de abril del año pasado, para cumplirse el próximo 24 de octubre, exactamente un año y seis meses sin que este alto tribunal pronunciara la sentencia de este proceso.

En la mañana de hoy, una delegación de la organización depositó una carta dirigida al Tribunal Constitucional en la que califica de negación de justicia el silencio que ha mantenido hasta ahora, a la vez que reclama la emisión de este fallo.

Consideró que la tardanza en dictar la sentencia de esta acción de inconstitucionalidad del decreto 6-17, ha tenido consecuencias graves para el país, para el sistema de justicia, para la vida institucional y la salvaguarda de la constitucionalidad.

“La tardanza en la emisión de este fallo permitió que esta comisión en abierta pugna con la Constitución de la República, funcionara y finalmente produjera y diera a conocer un informe que encubre los sobornos, la sobrevaluación y otros actos de corrupción cometidos en la licitación y durante la construcción de las plantas de carbón de Punta Catalina, exculpando de toda responsabilidad al Presidente Danilo Medina, creador esta comisión”, explicó.

Señaló que basado en las conclusiones de esta comisión, el Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, excluyó a Punta Catalina del expediente que actualmente conoce la Suprema Corte de Justicia sobre los actos de corrupción que Odebrecht efectuó en el país entre los años 2001 y 2014, con la finalidad de obtener los contratos de importantes obras públicas.

No obstante, la entidad considera en su carta que es muy importante que el Tribunal Constitucional dicte el fallo, “porque pensamos que es esencial e impostergable defender siempre y más en estos momentos, la supremacía de la Constitución”.

Manifestó que el alto tribunal debe establecer si este decreto es o no compatible con la división e independencia de los Poderes Públicos del régimen constitucional dominicano, y si suplanta o no a otros poderes públicos y sus funciones, especialmente al Poder Judicial.

Indicó que “independiente del curso que tomó la comisión, queda por dilucidar si es o no admisible por nuestra Constitución que un Poder pueda fiscalizarse a sí mismo, que es el fondo de nuestra acción de inconstitucionalidad incoada sobre este decreto”.

“El asunto es si el Presidente de la República podía o no, a la luz de nuestra Constitución, organizar una comisión para que fiscalizara sus acciones en el proyecto de la construcción de dos plantas de carbón de Punta Catalina, provincia Peravia, al margen de lo que finamente concluyera esta comisión. Es este aspecto el verdaderamente trascendente en este caso y que tendrá los mayores efectos y consecuencias para la supremacía de la Constitución y de su régimen”, comentó.

Observó que en estos momentos el fallo pendiente sobre este recurso ha cobrado especial vigencia ante el anuncio de la formación del fondo de contingencia de US$336 millones para concluir la construcción de Punta Catalina y el encuentro secreto celebrado entre el presidente de Odebrecht, Luciano Nitrini Guidolin y el Presidente de la República Danilo Medina a principios de este mes.

Afirmó que estos dos hechos “revelan que tanto en el pasado como en la actualidad, en Punta Catalina se ha actuado sin ninguna transparencia y se han cometido actos corruptos, en los cuales están directamente implicados los máximos funcionarios del Gobierno dominicano, cuya complicidad les impide proceder apegados a la ley y a favor de los intereses de la Nación ante ese consorcio brasileño y sus demandas”.

Entre los firmantes de la carta, figuran Domingo A. Acevedo, Euren Cuevas, Rafael Darío Coronado, Miguel Ferreras, Jacquelin Herrera, José René Olivo Salazar, David Montes De Oca, Carlos Sánchez, Ingrid Paulino, Héctor Turbí y Enrique de León, todos integrantes de la entidad y suscribientes de la acción de inconstitucionalidad del decreto 6-17 y de la comisión de notables sobre Punta Catalina.


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